Extensiones de las UAF en la regional La Guajira
Según la Resolución 041 de 1.996 las extensiones de las UAF en la regional La Guajira son las siguientes:
Estas extensiones son las de la Resolución 041 de 1996 del INCORA. Desde el Acuerdo 167 de 2021 la ANT calcula la UAF municipio por municipio con otra metodología, así que antes de firmar pregunta cuál rige en el tuyo. Si el término es nuevo para ti, empieza por qué es una UAF.
Zona Relativamente Homogénea No. 1 — Baja Guajira
Comprende los municipios de: Fonseca, Distracción, San Juan del Cesar, El Molino, Villanueva y Urumita. Unidad agrícola familiar: comprendida entre el rango de 43 a 58 ha.
Zona Relativamente Homogénea No. 2 — Media Guajira
Comprende los municipios de: Ríohacha, Barrancas, Hato Nuevo, Dibulla y Maicao. Unidad agrícola familiar: comprendida entre el rango de 72 a 98 ha.
Zona Relativamente Homogénea No. 3 — Alta Guajira
Comprende los municipios de: Uribia y Manaure.
Unidad agrícola familiar: comprendida en el rango de 127 a 172 ha.
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POR QUE EN LA RESOLUCION NO SE INCLUYE EL MUNICIPIO DE LA JAGUA DEL PILAR LA GUAJIRA. SE PODRIA ASIMILAR POR SER MUNICIPIOS VECINOS Y COLINDANTES?
Exacto.