Movilización de animales
Con frecuencia en nuestras fincas nos veremos en la necesidad de movilizar animales, bien sea porque estamos vendiendo o comprando animales, porque los estamos llevando a otra finca o, sencillamente, porque requerimos trasladarlos a subastas o ferias. Para este fin es importante y responsable conocer la reglamentación que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) establece para tal fin.
El control sanitario de la movilización de animales de las diferentes especies y sus productos, incluyendo aquellas susceptibles a la Fiebre Aftosa, se encuentra regulada a través de disposiciones del ICA asociadas a aspectos como la Guía Sanitaria de Movilización, la inspección y vigilancia en puestos de control, el control de las concentraciones de animales, etc.
Es por todos conocidos que la Fiebre Aftosa es una enfermedad de reporte obligatorio, por lo que todos los animales que movilicemos deben tener el certificado de vacunación contra la enfermedad. Así mismo, cuando vayamos a movilizar equinos, es importante que previamente se haya solicitado ante el ICA la prueba de Coggins para de esta forma certificar que el animal que vayamos a transportar se encuentra libre de Anemia Infecciosa Equina. Cuando se vayan a movilizar vacas mayores de 2 años es necesario haber practicado con anterioridad la prueba de Rosa de Bengala de tal forma que se certifique que la vaca que estamos transportando se encuentra libre de brucelosis. Al transportar vacas con destino a matadero o planta de sacrificio no se requiere de este tipo de examen.
Por su parte, el Ministerio de Agricultura así como el Ministerio de Transporte y reglamentan las condiciones de transporte (medios de transporte, horarios para la movilización, marcas y otros requisitos específicos). Según la legislación sanitaria colombiana (Resolución 1779 de 1998), cualquier persona interesada en movilizar animales susceptibles a fiebre aftosa con destino a otros predios, ferias comerciales, remates, subastas, ferias exposiciones, mataderos y frigoríficos, debe contar con una Guía Sanitaria de Movilización Interna que es expedida directamente por el ICA o a través de convenios con Gobernaciones en el orden regional o alcaldías en el nivel local.
La sugerencia es programar la movilización con el suficiente tiempo de tal forma que contemos que los datos del transportador (nombre, cédula de ciudadanía y placas del vehículo) para de esta forma solicitar la Guía Sanitaria de Movilización ante la oficina regional del ICA o las entidades autorizadas (Fondos Ganaderos). Importante es contar con un transportador de entera confianza de tal forma que garantice la seguridad y bienestar de nuestros animales, así como la entrega de los mismos en el sitio acordado. La movilización de animales se puede hacer de 6 am a 6 pm. Al transporte animales es preciso evitar la deshidratación, la presentación de lesiones y la eventual muerte de estos; para esto los camiones deben contar con un piso adecuado y divisiones internas. Adicionalmente, el transportador debe estar pendiente ante la caída de un animal y en la medida de las posibilidades evitar la incidencia de altas temperaturas ambientales sobre los animales transportados.
Para la expedición de la Guía Sanitaria de Movilización, se tienen en cuenta, según el área de origen y destino, requisitos tales como:
- El predio debe estar registrado oficialmente en las oficinas locales del ICA.
En este caso nuestra sugerencia es que tan pronto se adquiera una finca con vocación agropecuaria se registre la finca ante la oficina local del ICA. Para este fin se requiere la presencia o autorización por escrito del propietario de la finca, certificado de tradición y libertad de la finca, hierro de la finca e inventario inicial. En las oficinas mencionadas, debe reposar una tarjeta de registro por cada finca de la región correspondiente. En dicha tarjeta de registro debe quedar consignados los movimientos y el inventario animal de cada una de las fincas.
- Los animales a movilizar deben contar con la vacunación contra la Fiebre Aftosa regular y vigente (dentro de los últimos 6 meses para todos los bovinos del país a excepción de aquellos ubicados en la zona libre sin vacunación certificada).
- Debe haber ausencia de brotes de fiebre aftosa o enfermedad vesicular sin diagnóstico definitivo en el área en que está ubicado el predio de origen de la movilización.
- Para el caso de movilización de animales para mejoramiento genético a las zonas libres con vacunación certificadas debe además cumplirse con una cuarentena de por lo menos 30 días y exámenes serológicos a todos los animales a movilizar (sistema IELISA 3ABC/EITB).
Es importante que como buenos finkeros, cumplamos con la vacunación que tenga contemplado el ICA. En cada región hay vacunadores autorizados por el ICA que cumplen con esta función, por tal razón es importante contactarnos con ellos a través de la oficina del ICA correspondiente y así cumplir con los ciclos de vacunación programados. Lo anterior es garantía para nuestros animales y así mismo para la comercialización de los mismos tanto a nivel nacional como internacional.
Además, la Guía Sanitaria de Movilización sólo se expide a solicitud personal del ganadero o persona autorizada por él y tiene validez solo durante el tiempo de transporte de los ganados, hasta su destino final. Para verdadero control, debe llevar impresa la (s) marca (s) o hierro (s) registrado (s) de cada finca y la discriminación de los animales movilizados por categorías de edad, e información relacionada con el vehículo de transporte y el transportador. Además, es válida en un solo trayecto, para un solo vehículo y dentro de la fecha autorizada en la misma. Los administradores o responsables de las ferias comerciales, remates, subastas, ferias exposiciones, mataderos, frigoríficos u otros lugares de concentración de animales, están en la obligación de exigirla para todo animal que ingrese y salga de sus recintos. Esta, deben luego ser entregadas al ICA cuando este las requiera.
Es más que honesto y responsable que cumplamos no solo con la solicitud de la expedición de la Guía Sanitaria de Movilización, sino que verifiquemos que dicho documento sea entregado en el sitio de destino de los animales. Es importante además, tener en cuenta que cuando vendamos algún animal debemos expedir factura o cuenta de cobro correspondiente para de esta forma garantizar una transparencia en el aspecto contable y de rotación de inventarios en nuestras fincas. En caso de que nosotros seamos los compradores de los animales, aparte de recibir los animales en nuestras fincas, debemos solicitar la Guía Sanitaria de Movilización para de esta forma en la oficina avalada por el ICA donde se encuentre registrada nuestra finca, actualicemos nuestro inventario y contemos con el soporte correspondiente.
Es posible que en ocasiones olvidemos realizar dicha actualización de inventario, lo que eventualmente puede generar una inconsistencia en el momento de vender animales y solicitar la correspondiente Guía Sanitaria de Movilización. Luego, nuestra sugerencia, es que conservemos siempre la Guía Sanitaria de Movilización de todos los animales que entran a nuestras fincas y de igual forma llevemos relación de los animales que salen de nuestras fincas.
Para el seguimiento, verificación y control de la movilización de animales y sus productos a nivel interno y de fronteras, el Programa de Erradicación de la Fiebre Aftosa en Colombia se mantuvieron en funcionamiento 107 puestos de control en 10 departamentos con un funcionamiento de 24 horas/día en vías de puntos estratégicos, con énfasis especial en las fronteras.
De acuerdo con las normas vigentes, Todos los vehículos transportadores de ganado están en la obligación de detenerse en los puestos de control de movilización establecidos por el ICA, presentar la Guía Sanitaria de Movilización y someterse a los procedimiento de control necesarios.
Los puestos de control en su mayoría funcionan 24 horas, con excepción de aquellos (internacionales, fluviales o terrestres que se cierran en horas determinadas del día y queda bloqueado físicamente el paso de vehículos o embarcaciones).
Cuentan con inspectores entrenados y los elementos requeridos para la detención de vehículos, la revisión documental y física de los animales y el registro de la información con el fin de verificar que la movilización cumple con todas las condiciones requeridas y no representa riesgo de difusión de Fiebre Aftosa u otras enfermedades transmisibles como la Brucelosis bovina.
El instructivo para el Control de la Movilización de Animales y Productos, define las responsabilidades establece qué deben hacer los inspectores responsables del control en los puestos, las responsabilidades de las oficinas locales, etc. Define además, qué tipo de control se debe aplicar si se trata de un puesto de control en la frontera o interno, si se trata de una movilización con destino a una zona libre y precisa que acciones deben seguirse en situaciones especiales.
La Guía Sanitaria de Movilización es importante además para controlar el abigeato de animales. Por todo es conocido el impacto que tiene esta actividad ilícita para los productores agropecuarios del país, por lo que, el exigir en caso de compra y entregar en caso de venta la Guía Sanitaria de Movilización, es una muestra de solidaridad y pertenencia con nuestro sector. De nosotros depende también el crecimiento del sector. Seamos buenos finkeros!
Finkeros.com, el portal de las fincas
Fuente: ICA
Que nesecito para extender facturas como organización ya esta dada de Alta en hacienda la organización se llama (Flor de parota