Abren convocatoria para localidades turísticas en México
La Secretaría de Turismo de México, convoca a las localidades que a través del tiempo y ante la modernidad han conservado y valorado su herencia histórica y cultural, convirtiéndolas en sitios de interés turístico.
Las localidades que aspiren a incorporarse al Programa Pueblos Mágicos, deberán sujetarse a las bases de la convocatoria, que son las siguientes:
1. Condiciones generales
1.1. Dar cumplimiento puntual a las disposiciones establecidas en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos generales para la incorporación y permanencia al Programa Pueblos Mágicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de septiembre de 2014 (Acuerdo).
1.2. Realizar el registro y trámites previstos en esta Convocatoria, a través de las autoridades estatales y municipales señaladas en el Acuerdo.
1.3. Entregar los documentos exigidos en el Acuerdo dentro de los plazos previstos en esta Convocatoria.
1.4 Las cuestiones no previstas, así como la interpretación del contenido de esta Convocatoria serán resueltas por la Dirección General de Gestión de Destinos de la Secretaría de Turismo.
2. Registro
2.1. Ingresar al portal web www.sectur.gob.mx en el banner de Convocatoria Pueblos Mágicos y entrar al menú de “Registro” (sistema de registro).
2.2. Para poder obtener su registro, las Localidades aspirantes deberán remitir a la Secretaría de Turismo los cinco documentos previstos en el Lineamiento Sexto del Acuerdo, conforme a la instrucción que aparece en el sistema de registro.
2.3 Una vez remitidos estos documentos, el sistema de registro generará un aviso de recepción de los mismos. A partir de este aviso, la Secretaría Turismo tendrá 30 días naturales para revisarlos y validarlos.
2.4 Las Localidades aspirantes cuya documentación sea validada por la Secretaría de Turismo, obtendrán un número de folio que les servirá durante todo el proceso de incorporación al Programa Pueblos Mágicos, el cual será comunicado por el sistema de registro.
2.5 Las Localidades aspirantes que no cumplan con los cinco documentos previstos en el Lineamiento Sexto del Acuerdo, no se les generará un número de folio y, por consiguiente, quedarán excluidas de esta Convocatoria.
3. Documentos para la incorporación al Programa Pueblos Mágicos
3.1. Las Localidades aspirantes que hayan obtenido su folio, deberán ingresar al sistema de registro para remitir los documentos exigidos en el Lineamiento Séptimo del Acuerdo. El sistema de registro generará un aviso de recepción de estos documentos.
3.2. La Secretaría de Turismo, a través de la Dirección General de Gestión de Destinos, revisará la documentación remitida e integrará un expediente electrónico por cada Localidad aspirante.
La convocatoria estará abierta a partir de su publicación en el portal de la Secretaría de Turismo (www.sectur.gob.mx) y se cerrará el 15 de diciembre de 2014 a las 12:00 a.m.
Con el fin de apoyar y facilitar el proceso de incorporación al Programa Pueblos Mágicos, la Secretaría pone a disposición de las Localidades aspirantes una Guía en su portal web: www.sectur.gob.mx, con los anexos y formatos requeridos para el registro e integración del expediente electrónico. Para la consulta y atención de dudas relacionadas con la convocatoria, las localidades aspirantes pueden comunicarse a los siguientes correos: [email protected], [email protected], [email protected], y [email protected], así como a los siguientes teléfonos: (01) (55) 30026300 (extensiones 4623 y 4624).
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